A TODOS LOS QUE VIEREN Y ENTENDIEREN (...este blog...)
CONSIDERANDO que el trabajo de abogado se ha convertido en una profesión dedicada a la felonía entre sus componentes, lo cual no impide que como miembros de un mismo gremio se tengan intereses comunes de vez en cuando, pues contrapuestos son "el pan nuestro de cada día" (que sean muchos y sustanciosos).
CONSIDERANDO la grave situación económica que estamos atravesando, que ha llevado a sufrir una huelga de funcionarios y dos de Jueces (aunque éstas últimas sean inconcebibles, como lo son una huelga de Ministros del Gobierno o de Diputados o Senadores de las Cortes Generales) y estar a las puertas de una huelga general para el 29 de Septiembre, convocada por los sindicatos mayoritarios, en contra de las reformas sociales y fiscales (en cualquier caso legislativas) que se nos avecinan.
CONSIDERANDO que la posición del Abogado se está debilitando de cara a las relaciones con el Estado y las Administraciones Públicas, como muestra de lo cual se puede exponer que a pesar de que la Asistencia Jurídica Gratuita, cada día es más solicitada y socorrida por y para el ciudadano, por contra se está pagando más tarde (Y así a estas alturas no se ha pagado lo que ya se había hecho en las mismas fechas el año pasado en Andalucía: El 4º trimestre completamente); y haciéndose caso omiso a la reivindicación de la equiparación de los baremos de módulos y bases del Turno de Oficio con los Criterios Orientativos de los Colegios de Abogados, asumiéndose de manera indirecta que los derechos del ciudadano se defienden de forma desigual dependiendo del régimen de liquidación de honorarios.
CONSIDERANDO otra serie de reflexiones en las que cada cual puede ver reflejada su situación particular y que vienen a redundar en una solicitud de una renovada dignificación de la condición de Abogado, en sintonía con el papel que su figura desempeña en el engranaje del funcionamiento de las Instituciones principales y periféricas del Estado y en el respeto y aplicación del Ordenamiento Jurídico; y teniendo en cuenta que la huelga es una medida de protesta que parte de una relación laboral, no profesional, previa, entre un empleador y un empleado
SE TE CONVOCA A TI LETRADO, para que el próximo días 29 de Septiembre guardes una actitud celosa en la observancia y en el control adecuado y demandado de la aplicación de las normas -y ello porque un "paro" sería por todos insufrible- con las siguientes particularidades:
1ª.- Exigencia del cumplimiento exacto -legalmente previsto- de los trámites procedimentales, en particular en lo que a citaciones (fecha y hora) se refiere.
2ª Confección y presentación, a ser posible, de inmediato e in situ de la correspondiente reclamación -cuando no sea conveniente el anuncio de la acción adecuada-, sobre la cuestión de forma o fondo que impida el normal y legal funcionamiento de los organismos dependientes de cualquier Administración Pública en general y de la Administración Justica en particular.
Dado en Sede Virtual, el 23 de Agosto de 2.010.
(adaptado el 14 de Septiembre)
lunes, 23 de agosto de 2010
viernes, 20 de agosto de 2010
TABLA COMPARATIVA DE ALGUNOS MÓDULOS DEL BAREMO DE LA A.J.G. EN ANDALUCÍA CON LOS DE ALGUNAS REGIONES
PROCEDIMIENTO ANDALUCÍA OTRAS REGIONES
PENAL
Proced. General 1) 368´00 448´00 (Canarias)
Proced. Penal Abreviado 2) 280´00 338´55 (Galicia)
JRSC 2A) 280´00 350´00 (P.V.)
JRCC 2B) 224´00 350´00 (P.V.)
Proced. Penal Abrev.
de Violencia de Género 2C) 280´00 338´55(Galicia)
JRSC en Violencia de
Género 2D) 280´00 350´00 (P.V.)
JRCC en Violencia de
Género 2E) 224´00 350´00 (P.V.)
V.G. Pieza Sep. de R.C. 2F) 104´00 ---------
Menores 3-3A) 148´00-270´00 340´00 (P.V.)
Menores. Pieza de R.C. 3 bis) 104´00 120´00 (Cataluña)
Proced. Con Trib.
del Jurado 4-4bis) 5l5´00-630´00 686´47 (P.V.)
Exp. ante el Juez de
Vig.Pent. 5) 132´22 142´02 (Aragón)
Juicios de Faltas 6-6B) 95´00 104´56-353´64 (Turno Esp.) (Canarias)
Despl.. para J.O. 7) 30´00 42’50-85´00 (Cataluña)
CIVIL
Proceso Ordinario 8) 295´00 370´00 (P.V.)
Otros proced. Civiles 9) 221´00 270-320´00 (Cataluña). Resto
Proc. Capac.,pat.,fil., mater 10) 258´00 300´51 (Madrid)
Matr. Contencioso 11) 331´00 686´47 (P.V.)
Matr. Mutuo acuerdo 12) 159´00 231´46 (Canarias)
Medidas prev. y coetáneas 13) 89´00 126´00 (Cataluña.). Provisionales
Modif. de medidas 14) 199´00 326´89 (Galicia)
División Jud. de Patrimonios 15) 221´00 300´51 (Madrid)
Procesos monitorios 16) 111´00 186´56 (Aragón)
Cambiario 17) 221´00 300´51 (Madrid)
Proceso Verbal 18) 200´00 346´54 (P.V.)
JURISD. CONT. ADVA.
Recurso cont. advo. 20) 221´00 246´67 (Aragón)
JURISD. SOCIAL.
Proced. Íntegro 21) 165´00 201´96 (Canarias)
Rec. de Suplicación 22) 120´00 157´61 (Galicia)
MILITAR.
Fase sumarial 24) 124´00 234´68 (Canarias)
Fase Juicio Ordinario 25) 124´00 149´50 (Aragón)
RECURSOS.
Apel. Civil 23) 124´00 127´07 (Aragón)
Recurso Casación (anun.) 26) 45´00 49´11 (Galicia)
Recurso de Casación 27) 287´00 (Andalucía) 294´89 (Canarias)
SUPUESTOS
ESPECIALES
Inf. motivado de insost. 28) 34´00 37´37 (Aragón)
Transac. Extrajud. Lab. 29) 75 % cuantía aplicable 228´82 (P.V.)
Ejecución Sentencia 30) 124´00 240´40 (Madrid)
Desistimiento ----- 57´21 (P.V.)
PENAL
Proced. General 1) 368´00 448´00 (Canarias)
Proced. Penal Abreviado 2) 280´00 338´55 (Galicia)
JRSC 2A) 280´00 350´00 (P.V.)
JRCC 2B) 224´00 350´00 (P.V.)
Proced. Penal Abrev.
de Violencia de Género 2C) 280´00 338´55(Galicia)
JRSC en Violencia de
Género 2D) 280´00 350´00 (P.V.)
JRCC en Violencia de
Género 2E) 224´00 350´00 (P.V.)
V.G. Pieza Sep. de R.C. 2F) 104´00 ---------
Menores 3-3A) 148´00-270´00 340´00 (P.V.)
Menores. Pieza de R.C. 3 bis) 104´00 120´00 (Cataluña)
Proced. Con Trib.
del Jurado 4-4bis) 5l5´00-630´00 686´47 (P.V.)
Exp. ante el Juez de
Vig.Pent. 5) 132´22 142´02 (Aragón)
Juicios de Faltas 6-6B) 95´00 104´56-353´64 (Turno Esp.) (Canarias)
Despl.. para J.O. 7) 30´00 42’50-85´00 (Cataluña)
CIVIL
Proceso Ordinario 8) 295´00 370´00 (P.V.)
Otros proced. Civiles 9) 221´00 270-320´00 (Cataluña). Resto
Proc. Capac.,pat.,fil., mater 10) 258´00 300´51 (Madrid)
Matr. Contencioso 11) 331´00 686´47 (P.V.)
Matr. Mutuo acuerdo 12) 159´00 231´46 (Canarias)
Medidas prev. y coetáneas 13) 89´00 126´00 (Cataluña.). Provisionales
Modif. de medidas 14) 199´00 326´89 (Galicia)
División Jud. de Patrimonios 15) 221´00 300´51 (Madrid)
Procesos monitorios 16) 111´00 186´56 (Aragón)
Cambiario 17) 221´00 300´51 (Madrid)
Proceso Verbal 18) 200´00 346´54 (P.V.)
JURISD. CONT. ADVA.
Recurso cont. advo. 20) 221´00 246´67 (Aragón)
JURISD. SOCIAL.
Proced. Íntegro 21) 165´00 201´96 (Canarias)
Rec. de Suplicación 22) 120´00 157´61 (Galicia)
MILITAR.
Fase sumarial 24) 124´00 234´68 (Canarias)
Fase Juicio Ordinario 25) 124´00 149´50 (Aragón)
RECURSOS.
Apel. Civil 23) 124´00 127´07 (Aragón)
Recurso Casación (anun.) 26) 45´00 49´11 (Galicia)
Recurso de Casación 27) 287´00 (Andalucía) 294´89 (Canarias)
SUPUESTOS
ESPECIALES
Inf. motivado de insost. 28) 34´00 37´37 (Aragón)
Transac. Extrajud. Lab. 29) 75 % cuantía aplicable 228´82 (P.V.)
Ejecución Sentencia 30) 124´00 240´40 (Madrid)
Desistimiento ----- 57´21 (P.V.)
Decálogo de San Ivo (Patrono de la Abogacía. 1253-1303)
I. El Abogado debe pedir ayuda a Dios en sus trabajos, pues Dios es el primer protector de la Justicia.
II. Ningún Abogado aceptará la defensa de casos injustos, porque son perniciosos para la conciencia y el decoro profesional.
III. El Abogado no debe cargar al cliente con cargos excesivos.
IV. Ningún Abogado debe utilizar, en el patrocinio de los casos que le sean confiados, medios ilícitos o injustos.
V. Debe tratar el caso del cliente como si fuera el suyo propio.
VI. No debe evitar trabajo ni tiempo para obtener la victoria del caso que tenga encargado.
VII. Ningún Abogado debe aceptar más causas de las que el tiempo disponible le permite.
VIII. El Abogado debe amar la Justicia y la honradez tanto como las niñas de sus ojos.
IX. La demora y la negligencia de un Abogado causan perjuicio al cliente y cuando eso acontece, debe indemnizarlo.
X. Para hacer una buena defensa el Abogado deber verídico, sincero y lógico.
II. Ningún Abogado aceptará la defensa de casos injustos, porque son perniciosos para la conciencia y el decoro profesional.
III. El Abogado no debe cargar al cliente con cargos excesivos.
IV. Ningún Abogado debe utilizar, en el patrocinio de los casos que le sean confiados, medios ilícitos o injustos.
V. Debe tratar el caso del cliente como si fuera el suyo propio.
VI. No debe evitar trabajo ni tiempo para obtener la victoria del caso que tenga encargado.
VII. Ningún Abogado debe aceptar más causas de las que el tiempo disponible le permite.
VIII. El Abogado debe amar la Justicia y la honradez tanto como las niñas de sus ojos.
IX. La demora y la negligencia de un Abogado causan perjuicio al cliente y cuando eso acontece, debe indemnizarlo.
X. Para hacer una buena defensa el Abogado deber verídico, sincero y lógico.
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