El art. 14 CE
La prisión permanente revisable
da inseguridad jurídica, es inconstitucional y va contra los derechos humanos.
Es insegura porque no se puede
condenar a alguien “sine die”; hay que saber las penas que tienen los delitos
asignadas. Por tanto va en contra del principio de legalidad y en contra del de
tipicidad penal. Ha conseguido que las teorías de la pena: sancionadoras,
preventivas o rehabilitadoras se unan, es cierto, pero todo debería estar
previsto en el tiempo de penitencia asignado.
Es inconstitucional porque va en
contra del art. 14 de la Constitución Española de 1.978. Todo somos iguales
ante la ley, pero ¿no por razón de naturaleza?. Hasta ahora se decía en tono
jocoso que unos somos más iguales que otros; y más allá la práctica del
Tribunal Constitucional trataba de configurar que aunque no somos iguales, la
ley no debe hacer distinciones; con ello evacuaba, es verdad, más reglas del
juego pero se restringía el hacer distinciones por razones convenidas. En este
contexto, la prisión permanente revisable viene a romper el marco
constitucional; una persona, por unos mismos hechos, podría pasar más tiempo en
prisión que otra según su “evolución” –comportamiento-; esto, que ya se sabía
en las Juntas de Tratamiento de las cárceles, se consagra , hasta tal punto en
la norma que se destruye ese límite máximo.
Aparte, el tope de los derechos
humanos se ve vulnerado. Se justifica que los criminales no reinsertados no
salgan de prisión, de manera que “el riesgo teórico” es grandísimo. Nunca se
puede asegurar que un expresidiario, cono un no expresidiario no vaya a
delinquir por primera o por enésima vez. Por tanto nos encontramos en una
confrontación entre la estigmatización de una persona, hasta el punto de llegar
a dudar de su naturaleza por una parte y el ensañamiento en la redención de la
culpa por otro lado. En resumen, en las profundidades del Derecho Natural, no
se puede clasificar a las personas físicas en humanas y no humanas -por muy
criminales que sean estas últimas-. En realidad todo pasa por asumir que
existen delincuentes que nunca van a dejar de serlo y por otro lado comprender
al mismo tiempo que no se puede encerrar a nadie hasta que no delinca, esto es,
en tenerlo preso más tiempo del preciso y ajustadamente conveniente. Lo demás
son elucubraciones por mucho que nos esforcemos.
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