jueves, 30 de septiembre de 2010

La Venia y el descrédito de la profesión de Abogado.

     La Venia se define en el diccionario como el consentimiento o permiso otorgado por una autoridad. Por tanto cuando se le reconoce legalmente al Abogado individual, se le está otorgando a éste consecuentemente la categoría de autoridad.
     Entre Abogados, la Venia es una institución recogida en el Estatuto General de la Abogacía y en el Código Deontológico. Su normalización la sitúa en un estatus honorífico; siempre debe ser concedida.
     Sin embargo, día a día en la práctica, los Abogados la pisotean, cuando deberían guardarla, atesorarla y defenderla a capa y espada. ¿Quién nos va a guardar y hacer guardar nuestro Estatuto Profesional, si nosotros mismos lo incumplimos?. Y es que que ah! amigo! cuando hay dinero de por medio, ni formalismo, ni venias, nada de nada.
     ¿Podría establecerse un protocolo de actuación para estos casos? Sería muy fácil. Ningún Letrado puede negarse a conceder la Venia; de acuerdo. Pero ningún Letrado debería solicitarla si no tiene antes en su bolsillo el dinero del cliente que va a cambiar de profesional, para lo cual debería conocer anteriormene a cuanto asciende la minuta del Abogado sustituido y, en su caso, si no la paga, impugnarla en un proceso sumario y urgente ante el Colegio Profesional, que vería puesta a prueba, su capacidad de reacción ante un presunto exceso.
     Lo que no puede ser, es que el Abogado sustituto, cobre en concepto de provisión de fondos, el trabajo que hizo el anterior compañero -despreciado por el cliente- y que ocurra que un trabajo sea realizado por un Abogado y cobrado por otro. No por nada, sino porque si un cliente no ha pagado al primer Abogado, nada garantiza que nos lo haga a nosotros. En definitiva, se debe dar más crédito al trabajo del compañero que a la versión del cliente rebotado.
     Merece todo tipo de censura, por tanto, cobrar provisíón de fondos, cuando el anterior Letrado sustituido, no ha cobrado su trabajo.
     Daríamos al traste con la actitud de aquellos clientes que sabedores de todos los intringulis, van de Abogado en Abogado, resolviendo gratuitamente su problema, cada vez más complejo, sembrando la desconfianza entre compañeros y haciendo baldío su trabajo.
     El paso subsiguiente al abono de los honorarios debidos, sería la información del caso y el trasalado del expediente y demás documentación a cargo del Abogado sustituido.

                                                        Dado en Sede Virtual, el 30 de Septiembre de 2.010.