sábado, 24 de diciembre de 2022

TAN IGUALES SOMOS… QUE HEMOS LLEGADO A SER MÁS QUE ESO.


“Varón y hembra los creó” Génesis 1,27


YA ME HE ENTERADO. “LO QUE ES, ES”, “NO ES NO”, “SÓLO SÍ ES SÍ”; ECHAR A LOS AMIGUETES DE LA CÁRCEL, DESPENALIZAR LA SEDICIÓN Y EL DELITO DE MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS, permitir la decisión de su transexualidad a menores de edad sin consentimiento paterno.. DETRÁS DE LA LIVIANDAD DE ESTOS PRONUNCIAMIENTOS, HEREDADOS DE LOS VALORES IMPERANTES EN NUESTRO PASADO MÁS INMEDIATO, EN EL QUE SE SUSTENTAN PARADÓJICAMENTE A MODO DE “CONTRAGUÍA”, SE ESCONDE UNA DURA, PROFUNDA Y SEVERA RELACIÓN DE DOMINACIÓN QUE RESPONDE AL DICTADO DE UNA CONCIENCIA EGOÍSTA, OPULENTA Y RADICAL, QUE A DIFERENCIA DE LA ANTERIOR ADEMÁS ES IRRESPONSABLE. …¿La familia?... queda muy lejos.

TAN IGUALES SOMOS, TANTO HEMOS LLEGADO A SER QUE HA SALTADO LA TUERCA Y EL ENROQUE AL TORNILLO, DE MODO QUE LO QUE ANTES ERA FEMINISMO FRENTE AL MACHISMO, SE HA CONVERTIDO EN HEMBRISMO CONTRA MASCULINIDAD. A TAL PUNTO HA LLEGADO LA CUESTIÓN QUE EL MINISTERIO DE IGUALDAD, PRESIDIDO POR UNA MUJER, HECHOS AÑICOS LOS MÁS ELEMENTALES PRINCIPIOS GRAMATICALES, HA CONSEGUIDO APROBAR UNA LEY ORGÁNICA (V. https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/07/pdfs/BOE-A-2022-14630.pdf ) EN QUE VIOLADORES Y MALTRATADORES POR EL PRINCIPIO PENITENCIARIO DE APLICACIÓN DE LA PENA MÁS FAVORABLE (V. art. 25.1 CE), QUEDAN EN LIBERTAD, COMO CONSECUENCIA DE QUE LA MISMA ES MÁS BENÉVOLA QUE LA QUE HABÍA, SIN QUE PAREZCA QUE NADIE ENTIENDA MUY BIEN QUE ES LO QUE SUCEDE PORQUE ESTAMOS EN UN PROCESO DE SUMA Y SIGUE, PENDIENTES DE LA JUSTICIA QUE NO SABE COMO HACERSE ENTENDER (COMO SIEMPRE A LO SUYO) Y DE QUE OCURRA LO QUE OJALÁ NO FUERA IRREMEDIABLE, QUE UNO DE ESTOS “REOS COMPULSIVOS” VUELVA A DELINQUIR O UNA DENUNCIA POR “DAÑOS O PERJUICIOS IRREPARABLES”. 


POR OTRO LADO EL TAN MANIDO Y SOCORRIDO “AMBITO INTERNACIONAL” EN UNA AMALGAMA DE PAISES, CULTURAS Y COSTUMBRES CONFUNDE CONSIGNAS EN EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE GÉNERO QUE MANEJA LA AGENDA 2030 SOBRE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MIENTRAS ALGUNAS PROCLAMAN “NI UNA MENOS” Y OTRAS “NI UNA MÁS”, EL TÉRMINO MÁS MERIDIANO PARECE SER EN UN ALARDE DE PSICOLOGÍA E INTELECTUALIDAD NO SÓLO PARA EL DESTINATARIO DEL MENSAJE SINO TAMBIÉN COMO RETO IMPOSIBLE PARA MUCHAS DE SUS EMISORAS, AQUÉL DE “NI UNA +, NI UNA –“. Dramatique.

EN BASE A TODO ELLO Y AL ACAPARAMIENTO DEL SILLÓN POR UN PAR DE MIEMBROS; EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y LA DOCTRINA SEGÚN LA CUAL EL PRINCIPIO DE IGUALDAD VA MÁS ALLÁ DE SU POSIBLE VULNERACIÓN CUANDO SE ALEGUE UN RIESGO DE DAR IDÉNTICO TRATO A SITUACIONES DIFERENCIADAS, ESTÁN EN JAQUE. (STC126/87).


Nota 1: ACTUALIZACIÓN A FECHA DE 27/12/22: PARECE QUE ESTAMOS EN VÍSPERAS DE QUE REMITA UN POCO LA "CRISIS INSTITUCIONAL": https://www.msn.com/es-es/noticias/espana/el-cgpj-elige-a-sus-dos-candidatos-para-el-tc-y-pone-fin-a-la-crisis-institucional/ar-AA15IfDu?bncnt=BroadcastNews_BreakingNews&ocid=UCPNC2&FORM=BNC001&pc=U531&cvid=566a02e98be443c188448e3904e8d3a9

Nota 2: Actualización de fecha 24/02/23: Se veía venir .... Susana, la primera 'trans' arrepentida que reclama a la Sanidad pública por haberla operado: "Me arruinaron la vida" | Historias (elmundo.es) ... por cierto, una pregunta para nuestro/a querido/a legislador/a... en el presente caso por ejemplo en que Susana se opera y se pone de nombre Sebastián, ¿Cómo se dice "la trans" o "el trans"?... Dudo mucho que la respuesta esté en la Ley... fango, oscurantismo y confusión para crear, subvencionar y financiar problemas.. 

Nota 3: Actualización a 21/04/23 : El principio de no retroactividad con la reforma de la ley del 'solo sí es sí' · Maldita.es - Periodismo para que no te la cuelen 

Nota 4: Actualización a 13/09/23 : Una asociación de la Guardia Civil advierte que una amnistía supondría "un golpe de Estado dictatorial" (msn.com)  "... Cuando vinieron a buscarme / no había nadie más que pudiera protestar." Martin Niemöler, pastor luterano alemán (1892 - 1984) . "Ya era demasiado tarde" que diría Emilio Calatayud, juez de menores en el último verso. Esperemos que no sea así y que siempre haya alguien para protestar después de uno mismo. (V. la entrada "LOS "DESAPARECIDOS" DEL SIGLO XXI".)

sábado, 17 de diciembre de 2022

domingo, 7 de agosto de 2022

Sobre “Sueño de una noche de verano de 1.808: El convento Franciscano de Rute contra Napoleón” de (Bartolomé García Jiménez)

“El celo de tu casa me consumió y los oprobios de los que te ultrajaban recayeron sobre mí”

El protagonista de esta historia es real, Pedro José Polonio, fraile predicador de la octava del corpus los años 1801 y 1802 y en la cuaresma de 1804 y 1806. Todo indica que de origen castreño por provenir de Castro del Río, sintiéndose ultrajado por el invasor francés, en 1808 dirigió un escrito a S.M. Fernando VII, representado por el Conde de Floridablanca. 

Traspasada la gloriosa batalla de Bailén, el 19 de julio de dicho año como respuesta inmediata a los excesos de los franceses en la capital cordobesa en junio, redacta una carta el 17 de noviembre de 1.808 en la que trata de plasmar la idea de reclutar un ejército de eclesiásticos que por la fuerza asesten el golpe definitivo al opresor enemigo y a la Revolución Francesa instaurada en las cúpulas del más alto poder nacional. 

“…el deseo que tengo de ver exterminada una nación… me ha sugerido tales, tantos y tan diversos proyectos que no pudiendo ejecutarlos, solo me contentaré con manifestar a Vuestra Majestad el que más me ha adaptado… porqué los sacerdotes no han de formar un cuerpo que anime con su ejemplo a todo cristiano?”

Socavado en la esencia de sus valores patrios más básicos; a saber: el Rey y la religión que profesa y a la vanguardia de su defensa (lo que emulará el propio Monarca 12 años más tarde respecto a La Pepa), confiesa haberse representado atentar personalmente contra la vida de Napoleón.
S. Bernardino de Siena y S. Juan de Capistrano 

La identidad de Pedro José hay que relacionarla con la de Francisco Polonio, “maestro de latinidad”, empadronado en el nº 16 (acera derecha) de la C./ Priego y sepultado en el convento de S. Francisco el 23 de abril de 1.811, así como, con la exclaustración y cierre (1810) de la morada franciscana, posible causa del traslado de los padres del “presbítero” a la localidad (número 30 –acera izquierda- y número 41 –acera derecha- ).


(Para "SDUNDV" descargar el pdf del número 1060).

domingo, 20 de marzo de 2022

LAS GARANTÍAS DE JESÚS

Muchos son los intervinientes en la “cadena de custodia” que lleva a Jesús a la muerte.
Anás es el primero, jefe del Sanedrín, al menos en funciones, hizo de instructor de la acusación por blasfemia; en su casa fue interrogado, golpeado (Malco) y hallado culpable.
Entregado a su yerno, Caifás, el veredicto fue la pena capital, condena que no podía ejecutar el sumo sacerdote, sino “la jurisdicción política”.
Llevado ante Pilatos, el Procurador, en virtud de su potestad, se inhibió a favor de Herodes Antipas (tetrarca hebreo en Galilea) quien lo ridiculizó; de forma que devuelto de nuevo; en Jerusalén, cerca de Belén de Judea (Lc 2, 1-5) se le presentó al gentío (Ecce Homo). Regateado el aspecto religioso, entre todos le depararon, por sedición (“No tenemos más rey que el César”) la peor de las suertes. Da la impresión que tampoco a Roma se le ofrecía otra opción; la secuencia “Yo no hallo culpa en él”, “Que su sangre caiga sobre nosotros” y el resultado del acudimiento a la gracia del indulto por víspera de Pascua, señala a las circunstancias y acontecimientos como de necesidad cuando el auditorio elige la libertad de un salteador, Barrabás, a la del nazareno. Vendría después el lavatorio de las manos y la incidencia sobre la literalidad de la sentencia: INRI; realmente ni siquiera Él lo había dicho.

domingo, 2 de enero de 2022

LA CADUCIDAD DE LA ACCIÓN. LA DISTINCIÓN ENTRE LA PRESCRIPCIÓN DEL EJERCICIO DEL DERECHO AFECTADO Y SU EXISTENCIA MISMA.

Cuando estudiaba Derecho Civil en segundo de carrera, no creí que fuera a ser nunca Abogado. Menos que tuviera que leer, en su caso, de un justiciable en la reclamación al Ilustre Colegio: “Él simplemente alegó caducidad (cosa que nunca prosperaría)”.
Si claro está que la caducidad de la acción recogida en los arts. 556.1 y 518 LEC, no es lo mismo que la caducidad de la instancia (art. 237 LEC). No lo está tanto después del Auto 455/2020 de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Córdoba, que en relación con el Auto 311/2018 pudo llegar a concluir que lo que puede lo más, no puede lo menos.
La particular interpretación del art. 1.966 Cc., llega a desvirtuar la caducidad cuando se confunde con la prescripción. Así pues mientras con Albaladejo “la caducidad significa que algo –generalmente una facultad o un llamado derecho potestativo, tendentes a modificar una situación jurídica- nace con un plazo de vida, y que, pasado éste, se extingue…”, esto es,”… que la facultad o el derecho que sea es de duración limitada...” y con la Compilación navarra podemos llegar a afirmar (ley 26) que “las acciones que tienen un plazo establecido no pueden ejercitarse después de transcurrido”, la Jurisprudencia provinciana exceptúa con un pícaro, cuando no obsceno ardid interesado de “mimetismo” entre ambas instituciones “la hipótesis del progenitor obligado por la resolución judicial que, durante cinco años, computados desde la firmeza de la sentencia, ha estado cumpliendo estrictamente lo ordenado en la misma…”.
Sin embargo, no nos dejemos embaucar, la caducidad, a diferencia de la prescripción, es apreciable de oficio y solamente opera en los casos taxativamente determinados por la Ley. Igualmente su régimen jurídico es sustancialmente diverso, en cuanto a los efectos derivados de la interrupción del plazo; surge cuando transcurrido un plazo fijo, los derechos ya no pueden ser ejercitados; y mientras que en la prescripción se puede hablar de falta de ejercicio de un derecho, en la caducidad tratamos el hecho objetivo de la existencia misma del derecho y su “fulminación” por razón de su no utilización; se trata de la preclusión de un plazo, fuera del cual no existe la eficacia jurídica del derecho a ejercitar la acción por quedar extinguido fatal y automáticamente.