jueves, 2 de junio de 2011

domingo, 1 de mayo de 2011

El cuarto poder. El poder subliminal.

Una “veta” con flujos interactivos –de lo mediático a lo jurídico y de lo jurídico a lo mediático- se abrió en nuestro país después de la sentencia que rezaba así: “La Justicia es un cachondeo”.

Dicha sentencia, amén de sus referencias constitucionalistas en torno a la libertad de expresión vino a suponer una manifestación en la doble vertiente de otro planteamiento teórico: El derecho a informar y a ser informado.

El aforismo estaba caracterizado principalmente por un elemento objetivo, fundamental de la noticia: su populismo, cuyo eco todavía no sólo resuena sino que se multiplica por momentos, de forma que su autor –el alcalde de Jerez de la Frontera, D. Pedro Pacheco- se ha visto superado por ella; y otro elemento subjetivo cuya graduación vamos a dejar en manos de lo personal: su veracidad.

Por tanto, la magnitud de la expresión no radicaba –o radica- en el enaltecimiento de la misma como exponente materializado de la libertad de pensamiento, sino también en su propagación por sí sola.

Tan acertada fue, que aquí queda todavía hoy, con plena vigencia, objeto de estudio y resultando imprescindible su conocimiento e inserción en el acervo cultural de cada cual para moverse o circular sin problema por un país como el nuestro.

Sin embargo no podemos olvidar que también supone, en otro orden de cosas, un sacrificio encomiable del sistema jurídico español en pro de la verificación de uno, o como vemos, varios derechos.

Tan preciada configuración del derecho a informar y a ser informado, es protegida en su planteamiento teórico por toda una serie de derechos que la delimitan nítidamente, sustentados por otros tantos bienes jurídicos protegidos, constantemente atacados y bombardeados en la sociedad de la información; éstos básicamente son: el derecho al honor, el derecho a la imagen y el derecho a la intimidad.

Su nobleza es de tal naturaleza o calado que incluso la verosimilitud de un documento (descriptivo o gráfico) puede devenir antijurídico; y toca a los restantes poderes públicos -los de toda la vida-, establecer, regular y decir qué casos quedan a uno u otro lado de la delgada línea; y lo que no es menos difícil: valorar en qué medida.

Por otro lado, se entiende que en la antesala de la información, está el poder -“Quien tiene el poder, tiene la información”-, pero ¿y al contrario? ¿Puede el negocio de la información hacer tumbar a los poderes instituidos o entrar en pugna con ellos?

En este contexto no se puede pasar por alto a William Randolph Hearst, magnate de la prensa de finales de S. XIX, inspirador de la película “ciudadano kane” de Orson Welles. Se dice, que en la antesala de la guerra de Cuba, declarada por EE.UU. a España y cuyo origen se achaca a un sabotaje (En el crucero Maine); se le oyó decir a sus corresponsales en la Isla algo así: Ustedes hagan las fotos, que yo pondré la guerra.

¿Puede ser el inicio de un movimiento en el que hoy estaríamos inmersos? Está claro que la demanda determina la oferta y empieza a alimentarse la idea de que la oferta cree las necesidades. La manipulación de la información se vería superada por la sugestión en la comunicación y la población más joven, con sus valores en formación, como primera destinataria de los mensajes.

En este sentido no deja de llamar la atención que no se escuche un informativo en que no se hable de la tensión bélica en el mundo árabe. ¿Es una tensión provocada? ¿Quién se beneficia de ello? ¿Es Occidente el garante de los derechos de los libios, egipcios, tunecinos, irakíes…? –y no sólo garante- ¿Dónde queda fijado el principio internacional de “no injerencia”? ¿Se trata de mostrar la supremacía en el mundo del petróleo? ¿Puede ser una maniobra de la industria armamentística? ¿Hay un propósito en la información que de manera global pretende proclamar la preponderancia de unas culturas sobre otras?

En este mundo en el que nos movemos los abogados, no cabe sino erigirse en el rol de periodista y dar razón al origen etimológico del término, autoproclamándonos auténticos “voceros”, de manera que las palabras de un abogado mediático como Javier Nart Peñalver, Emilio Rodríguez Menéndez o Marcos García Montes, tengan la medida del peso de su validez, no tanto en la ética profesional como en el grado de difusión de las mismas y fama de sus emisores.


Dado en Sede Virtual el 1º de Mayo de 2.011

viernes, 8 de abril de 2011

MADRID, Madrid, madrid

En el día de hoy nos trasladamos desde toda la geografía nacional unos ciento cincuenta abogados a la sede central del Consejo General de la Abogacía Española, con ocasión de una reunión que convocada por el personal de Naciones Unidas para las 12:00 de la mañana, pretendía identificar candidatos para puestos profesionales de nivel alto y puestos directivos.

Cierto es que no esperaba, un coffee-break de bienvenida, ni la recepción por la persona del Presidente de tan honorable sede anfitriona, el Sr. Carnicer, ni una banda de música, pero dado el protocolo exigido para asistir al evento, con confirmación incluida -que ha impedido a algunos compañeros asistir-, lo que no imaginaba es que un guardia jurado en la mismísima calle (Recoletos, 13), nos dijera que "nos esperásemos" para acceder al interior de un edificio representativo del estamento y con ocasión de un evento, que aunque fuese todo lo informal que se quiera -que no lo fue-, merece una atención mínimamente distinguida.

La reunión se desarrolló sin incidentes y en un ambiente cordial, menos mal, pero no puedo dejar pasar por alto, como un taxista con aparente acento sudamericano -probablemente de origen colombiano- se ha tomado como propina, en una carrera de 4´50 €, nada menos que otros 10 €. Enfín que no me ha quedado un buen sabor de boca.

Para más información: http://careers.un.org/ (Values: Integrity, professionalim and respect for diversity).

Dado en Sede Virtual, el 8 de Abril de 2.011

jueves, 24 de marzo de 2011

...Por la igualdad en los deportes...; una presunta cita.

     Se cuenta en wikipedia (la enciclopedia libre de internet) que en Diciembre de 2.010, un delincuente común con el que compartió celda Eufemiano Fuentes, médico detenido en la operación puerto en Mayo de 2.006 (58 ciclistas son identificados como clientes de una red de dopaje en la que fue llamado como testigo Alberto Contador -suspendido por la UCI de forma provisional; por presencia de clembuterol en la 2ª jornada de descanso del tour de Francia del año pasado: 21 de Julio; lo cual fue hecho público en el último Septiembre, aunque después de una propuesta de sanción por la Federación Española de Ciclismo a la que siguieron las correspondientes alegaciones al Comité de Competición, el 15 de Febrero de 2.011, éste lo absolvió-) y también en la operación galgo (Diciembre de 2.010) en la que además resultó detenida Marta Domínguez, después de un seguimiento que la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil venía realizando desde Abril, declaró que le había dicho:

     "Si dijera lo que sé, adiós al Mundial y a la Eurocopa"

     Estas palabras fueron desmentidas por el propio Fuentes.


                                                                                       Dado en sede Virtual a 24 de Marzo de 2.011

miércoles, 2 de febrero de 2011

LA SABIDURÍA DE SALOMÓN

     Recuerdo como mi maestro intentó aplicarla sin obtener su objetivo.

     Estando en liza un ocho (sobre diez) del que dos alumnos nos hicimos sus merecedores, el maestro, improvisó una oposición diciendo que iba a aplicar la ley de Salomón, de forma que sabiéndose a lo que se refería y sin tiempo a pensar lo que decía, exhorté que se lo diera a mi compañero, con el ánimo de que -en la falsa modestia- se me atribuiría a mí.

     Aquí no había sentimientos parentales en juego y reconozco que el acto reflejo fue en un primer momento puramente un ardid memorístico y egoísta. Pero de chiripa, rechacé uno de los cuatros que nuestro tutor no acertaba del todo a ubicar. En un instante pasé de estar tocando la gloria, a la defensa de mi dignidad. Él mismo, como vio que aquello no tenía muchos "pies ni cabeza", distribuyó la nota solidariamente: Un ocho para cada uno.

     Convendrá/n Vd./es. que aquello que una vez que se sabe parece fácil, no resulta serlo; mucho menos fácil, claro está, aplicarlo y de una dificultad considerable, llegar a su conclusión.

     Todo esto en unidad de acto, parece ser dilucidó Salomón ante la disputa de dos mujeres por la maternidad de un hijo con su sentencia consistente en que le dieran la mitad a cada una.

     La ejecución de la sentencia consistió en valorar la rapidez de reflejos de la mujer que antepuso la vida del niño a todo lo demás, atribuyéndosele a ella por entero la custodia del bebé.

     Posiblemente acertara Salomón. En un estado de necesidad de las características señaladas, sólo puede alzarse la verdad y como saben uno de los principios más asentados en Derecho es el de que "MATER ... SEMPER CERTA EST".

     El caso es que hoy día los jueces están abusando de esta práctica tan loable.

     Aplican el término medio en litigios que son de una aplastante parcialidad, en los que la objetividad sólo puede estar del lado de uno de los litigantes.

     Se consienten pactos, muy extendidos entre las compañías aseguradoras del producto "a terceros", del estilo de compartir la culpa en siniestros en los que sólo una es responsable, de forma que sólo se responde ante su asegurado perjudicado de la peor manera posible, entrando en una escalada descendente de "regateo" convenido, que da al traste con toda la filosofía del seguro obligatorio que puntualmente paga el usuario al vencimiento del recibo -por ley- y que debe de afrontar después del accidente -involuntario-, el segundo siniestro: La atención de su compañía, en contacto -cruel- con la supuestamente compañía adversaria, que ni que decir tiene, no querrá saber nada de los daños de su asegurado, causante del "despropósito". 

Dado en Sede Virtual el 2 de Febrero de 2.011

martes, 1 de febrero de 2011

UNA CRISIS, UNA RECETA. EL AUTO DE LA A.P. DE NAVARRA DE 17-12-2010

¿En dónde cree Vd. que radica la causa de la crisis?

a) En el sistema financiero en general (1) o en las Hipotecas basura en particular (2). (Especificar ___)
b) En los movimientos migratorios.
c) En el Estado de las autonomías español.
d) No hay crisis (1); en todas (2) o en ninguna (3) de las anteriores. (Especificar ___)

     El incremento desmesurado del precio de las cosas como consecuencia de un exacerbado sentimiento de codicia ocasiona que la persona que contrajo una hipoteca, a la que no puede responder con el propio bien en garantía, quede endeudada.

     La persona no puede responder porque sus ingresos son insuficientes a pesar del esfuerzo por el ahorro y del "ajuste del cinturón", que por otro lado impide que el dinero circule y por tanto que su valor se repita (se multiplique).

     Es el cesto del pan y los peces hecho trizas.

     El dinero se deprecia antes de que se valore y así la tasa interanual del IPC ha llegado a ser negativa.

     La persona que tiene una hipoteca cada vez hace un esfuerzo mayor por ahorrar y sin embargo proporcionalmente, el valor de la cuota cada vez es mayor en un tipo de interés fijo, porque si el tipo es variable puede incluso salir beneficiada.

     ¿Quien controla el proceso? La Audiencia Provincial de Navarra apunta a las entidades bancarias. Una persona que contrae una hipoteca, no puede quedar gravemente endeudada por el simple hecho de intentar pagarla. Y ello sin entrar en el "despojo" del bien ni en las cantidades gratuitamente satisfechas (aplicables quizás a su uso durante el periodo de solvencia).

     El derecho a una vivienda digna es vulnerado.

     Y en el esfuerzo por mantenerlo se han visto afectados otros derechos básicos: el derecho de defensa, el derecho a un seguro social....

      Los pingües fondos de una economía doméstica resultan insuficientes para atajar las consecuencias de haber volcado una inmerecida confianza en el mercado.

     Esto es una realidad y hablar de ella sin experimentarla o conocerla es una demagogia. Y si no se experimenta o no se conoce esta realidad, difícilmente -por no decir que es imposible- se pueden afrontar unas medidas para resolverla.

     Las medidas que se toman pueden ser acertadas pero si no se garantiza su cauce hacia el fin deseado y se deja su trayectoria "en manos del mercado", son o pueden llegar a ser incluso trágicas.

     Algunos prestamistas se beneficien de estas medidas al acapararlas y lo que es peor, empiezan a fundar su negocio en las mismas con lo cual la situación empeora, pues además cada vez dura más.

     La solución debe venir del consenso.

     En los comienzos de la crisis, cuando se hablaba de la semántica de la palabra, las soluciones eran de carácter nacional; el problema se veía con una perspectiva de temporalidad más limitada que la que tenemos hoy. "La salida del túnel" se veía cerca (principios de 2.010) y todos querían apuntarse el tanto. Sin duda que alguien acertará, porque los plazos de los "visionarios" varían de un día para otro y más tarde o más temprano (ojalá sea más pronto que tarde a pesar de todo), tendremos que escuchar "conforme estaba previsto" u "¿os lo dije?". A corto plazo, para escurrir el bulto, se dice que es una crisis internacional y "santas pascuas".

     La cuestión es que el dinero debe fluir, que deben tomarse decisiones como la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra de 17-12-2.010, que las políticas adoptadas deben llevar la inyección del dinero hasta sus destinatarios a través de la remuneración de un trabajo digno, predeterminando los cauces y evitando intermediarios.

     El tratamiento para el diagnóstico reviste varios frentes al mismo tiempo y aún así será necesaria cierta dosis de conformismo por parte de tod@s; ésta quizás sea la medicina más amarga. Que se consideren satisfechos con sus igualas los profesionales contratados por las entidades crediticias y que no añadan al principal capitalizado, costas acompañadas de más intereses.

    De esta forma se pueden empezar a cubrir las necesidades más básicas de toda la población (comida, vestido y techo); y si los precios no se mueven se desatascará el mercado. Todo ello junto con una vigilancia de las publicidades engañosas, en las más de las veces agresivas, que atacan con bombardeos constantes, amparándose en la libre competencia, el eje de los sistemas de valores de la mayor parte de la población.

     La Fabrica Nacional de Moneda y Timbre tiene trabajo, los políticos también y el sistema judicial por supuesto. El consenso esta servido. Entre todos hay que convencer a aquellos que han hecho de la crisis una gran empresa. En el caos el que no tiene trabajo es porque no quiere.

Dado en sede virtual el 1 de Febrero de 2.011.

lunes, 3 de enero de 2011

"¿el derecho a mentir?" por Mariano R. Ayala

     Parece que se va extendiendo esta creencia; la creencia de que mentir es un derecho.
    
     Y no se crea que el rango de esta pretensión es "piadoso"; no; se le eleva a la categoría de "constitucional" y en concreto, se quiere estimar recogido en el art. 24.

     ¿Y qué dice el art. 24 de la Constitución? Pues fundamentalmente que todos tenemos derecho a no declarar contra nosotros mismos y a no confesarnos culpables, añadiendo, cual acertijo, dos posibilidades más el art. 520.2 a) de la LECr.: el derecho a guardar silencio (el más importante en su enunciado a pesar de no ser expresamente constitucional) y "el derecho a no contestar alguna o algunas de las preguntas que se formulen" (en una declaración se entiende).

     Además, en las lecturas de derechos de las películas americanas (muy asiduas), se nos da la pista determinante sobre cual debe ser la actitud del detenido en una situación comprometida; ¡ojo!: "...todo lo que diga podrá ser utilizado en su contra..." (en contra del detenido o preso).

     Distinto de todo lo cual es que el detenido se acoja a su derecho a guardar silencio si se le pregunta: "¿De qué color es el caballo blanco de Santiago? (como si se le pregunta de quién es). Podríamos estar ante una declaración o confesión a gritos, a pesar de no prestarse la misma.

     Planteado lo cual, concluimos que mentir no es un derecho.

     ¿Qué es la actitud de mentir? Pues jurídicamente, mentir es un delito. Que no se confunda a ningún ciudadano de a pie porque "antes se coge a un mentiroso que a un cojo".

     En este sentido establece el art. 458 C.P. "El testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses." Sin embargo las múltiples variables del tipo, no incluyen al falso testimonio del principal protagonista (el imputado o denunciado). ¿Qué ocurre en estos casos?. En estos casos el sujeto activo incurre en una calumnia, cuando el bien jurídico protegido es la verdad o una injuria cuando se lesiona la dignidad de otra persona, ambas atañentes al honor.

     Son dos delitos sutiles, porque son delitos "de palabra" y por lo tanto, abogados y procuradores, estamos más expuestos a su comisión o inducción (también de "palabra"), pero se entiende que exculpados -precisamente por la naturaleza de la profesión- de su encubrimiento.

     Distinto también es que lo que pueda parecer una injuria o calumnia, no lo sea, e injusto puede llegar a ser, el que se exija al perjudicado que deba probar la subsunción en el tipo.

     Dado en sede virtual el 3 de Enero de 2.011