jueves, 28 de octubre de 2010

LA CRISIS DE LA "VACATIO LEGIS"

     Creíamos que lo habíamos visto todo. Pues no.

     La Ley 13/09, de 3 de Noviembre, de reforma de la legislacíón procesal para la implatación de la nueva Oficina Judicial, reformaba el apdo. 4 del art. 703 y la letra b) del apdo. 2 de la Disposición Adicional 5ª de la LEC, regulando su entrada en vigor para el 4 de Mayo de 2.010 -a los 6 meses de su publicación en el B.O.E.-.

     Sin embargo, una ley posterior, la Ley 19/09, de 23 de Noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia enrgética de los edificios,  reitera las modificaciones expuestas en el párrafo anterior, en su articulado (V. aptdos. 18 y 20 del art. 2º de la Ley 19/09 y comparar con los aptdos. 314 y 379 del art. 15º de la Ley 13/09).

     Esto supone la precipitación de la entrada en vigor de las modificaciones, que lo hacen el 24 de Diciembre de 2.009 -al mes de la publicación en el B.O.E. de la Ley 19/09-.

     Estamos a un paso de un fenómeno jurídico-político importante y trascendente: La modificación de una Ley en su periodo de "vacatio legis".

     Hasta ahora habíamos escuchado hablar con desprecio de la exagerada producción normativa de los poderes legislativo y ejecutivo, sobretodo de éste último, comparable con la irrefrenable evacuación del cuerpo descompuesto.

     A partir de este momento, nos enfrentamos a una especie de estreñimiento malogrado por alimento en mal estado en mitad del proceso anteriormente descrito.

     Ha ocurrido con el apdo. 4 del art. 22 de la LEC. En este caso no se trata sólo de una antelación en el advenimiento de la entrada en vigor del precepto modificado, sino que en el periodo de "vacatio legis" de una norma, esa norma vuelve a modificarse, y lo hace en el sentido de añadir un nuevo párrafo. (Contrastar el apdo. 9 del art. 15º de la Ley 13/09 con el apdo. 2 del art. 2º de la Ley 19/09).

     Si D. Manuel Alonso Martínez, creador de la LECr., cuya Exposición de Motivos data de 1.882, levantara la  cabeza, no se lo creería.

      Pero tiemblen Vdes.; ¿Qué pasa en Andalucía? En Andalucía, D. Manuel Alonso Martínez, recostaría de nuevo la testa: Una Ley de considerable importancia, cual es la Ley de 4/10, de 8 de Junio, de Aguas de la Comunidad de Andalucía, cuya entrada en vigor, en su mayor parte, se preveía a los 3 meses de su publicación -que fue el día 22 de Junio de 2.010-, es derogada por Ley 9/2010, de 30 de Julio de Aguas de Andalucía.

     ¡Qué nos quedará por ver!

                                                Dado en Sede Virtual el 28 de Octubre de 2.010.



No hay comentarios:

Publicar un comentario